El Servicio de Impuestos Internos (SII) resolvió zanjar la polémica y confusión al establecer que el comercio debe entregar “la representación impresa o virtual de la boleta electrónica emitida” al consumidor.
Esta nueva disposición suplanta una anterior exigencia, en la cual el organismo indicaba que ambos modos de entrega eran válidos. Sin embargo, empresas y expertos sostenían que lo que se requería era entregar la representación física.
Las críticas a la medida inicial planteaban que esto podría incrementar costos significativamente, especialmente para las pymes y pequeñas empresas. Además, podrían verse afectados los procesos de digitalización en estas microempresas.
Ahora, la Resolución N°53 del SII especifica: “De recibir pagos con tarjetas de débito, crédito, prepago u otro medio de pago electrónico, se deberá ‘entregar al consumidor final la representación impresa o virtual de la boleta electrónica emitida o comprobante de pago electrónico, dependiendo de su modelo de emisión de documentos'”.