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Corte Suprema confirma condena a 700 días de presidio contra funcionario

Marzo 12, 2026
en Nacional
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La Excelentísima Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos de nulidad interpuestos por las defensas en el caso contra el ex Prefecto de Carabineros de Aysén, Pablo Capetillo Contreras y el ex jefe de Fuerzas Especiales de la institución, Juan Fuentes Fuentealba, por lo cual ratificó las condenas como autores del delito consumado de obstrucción a la investigación, aplicadas a ambos por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique en febrero del año pasado.

Así lo explicó el Fiscal jefe de la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos, Luis González Aracena, quien añadió que se trata del fallo contra el funcionario de más alto rango condenado en el contexto del conflicto social, ocurrido el año 2019 en nuestro país, ya que entonces Pablo Capetillo era Prefecto de Carabineros de Chile en la Región de Aysén.

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En este caso, la investigación liderada por la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía Regional de Aysén permitió que fuera condenado a 700 días de presidio menor en su grado medio el ex Prefecto de Carabineros de la Región de Aysén, Coronel Pablo Capetillo Contreras y a 300 días de presidio menor en su grado mínimo, el Capitán y ex jefe de Fuerzas Especiales, Juan Fuentes Fuentealba, por el delito de obstrucción a la investigación calificada.

En la investigación, se acreditó que ambos oficiales fueron informados de la existencia de un video que descartaba la participación de un estudiante en las lesiones graves de un funcionario de Carabineros, en el contexto de una protesta registrada en Avenida Ogana, y pese a ello, el ex Prefecto ordenó que éste fuese excluido de los antecedentes que posteriormente fueron remitidos al Ministerio Público, los cuales fueron fundantes para la formalización y prisión preventiva de un estudiante.

Ambos exoficiales también prestaron declaraciones en el procedimiento donde omitieron su conocimiento del video exculpatorio.

CONTEXTO

Los hechos de este caso datan de noviembre del año 2019, época de la crisis social en nuestro país, cuando fue detenido un joven sindicado por la institución policial como autor del lanzamiento de proyectiles a un funcionario de Carabineros, quien resultó con lesiones graves en su rostro y dentadura. Lo anterior, dio lugar a que el estudiante fuese formalizado por el delito de maltrato de obra a carabineros con resultado de lesiones graves, decretándose su prisión preventiva.

Esta situación cambió al descubrirse que, en los antecedentes entregados por los funcionarios policiales para inculpar al detenido de ese momento, se había ocultado un video que lo exculpaba del ilícito.

En base a la acusación del Ministerio Público, lo cual fue acreditado en el juicio, los condenados Pablo Capetillo y Juan Fuentes fueron informados de la existencia de un video que descartaba la participación del estudiante en las lesiones. No obstante, Capetillo ordenó que éste fuese excluido de los informes y ambos declararon que el estudiante había lanzado piedras a un funcionario de la institución que resultó con lesiones graves.

Las versiones de ambos exoficiales fueron desacreditadas por hechos objetivos como lo fue la certeza de que tuvieron acceso a un video determinante para exculpar al detenido y a la opinión de un funcionario calificado que lo había analizado, pese a lo cual insistieron en su versión.

La investigación de este caso fue dirigida por el fiscal jefe de SACFI, Luis González Aracena, junto al equipo de la Unidad de Análisis Criminal de la Fiscalía. El año pasado, el Tribunal de Juicio Oral, al cumplir con los requisitos de la ley 18.216, sustituyó la condena de los imputados por la remisión condicional de la pena.

CORRUPCIÓN PÚBLICA

Tras conocerse la condena dictada por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal, el Fiscal Jefe de la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos, Luis González Aracena, dijo que se trata de un hecho “de la más alta gravedad, puesto que vulnera el deber de las policías de indagar y de aportar a la Fiscalía, a fin de determinar tanto la participación de un hecho punible como también la que determina su inocencia. Un joven que había efectuado manifestaciones, pero no había causado las lesiones, producto de estos actos desarrollados por los acusados, estuvo privado de libertad y en prisión preventiva, lo cual establece la comisión de un delito de obstrucción a la investigación calificada”.

El fiscal González Aracena añadió también, en su oportunidad, que “la corrupción pública es de un agente del Estado en el sentido de ocultar información que su deber es aportarlo. Es inaceptable y vulnera el principio de derecho, de Estado de Derecho en una sociedad democrática”.

En este juicio oral participaron como querellantes el Consejo de Defensa del Estado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos y el propio estudiante detenido en su oportunidad.

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Airton Tobor

Airton Tobor

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