En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de protección contra Naya Fácil, creadora de contenido mapuche. En sus registros audiovisuales compartidos en redes sociales, Nayadeth Neculhueque Quimen expresó críticas hacia las prácticas religiosas mapuche, incluyendo ritos y sacrificios animales.
En los videos, se pueden escuchar comentarios como “No comparto su machismo” y “me considero exmapuche”. Además, Nayadeth fue acusada de grabar imágenes de la pampa del Nguillatüe en Liumalla, un espacio ceremonial ancestral utilizado por autoridades mapuche.
Los recurrentes señalaron que se les advirtió expresamente sobre la prohibición de difundir el sector. En su recurso, afirmaron que Nayadeth grabó y difundió públicamente imágenes del lugar, registrando señaléticas con las coordenadas exactas.
Las críticas emitidas por Naya Fácil se consideran un agravio y deshonra para autoridades ancestrales, lesionando su honra, vida privada y libertad de culto. Esto generó temor en la comunidad, especialmente en adultos mayores, sobre posibles intrusiones al lugar con fines de morbo o violencia.
Los recurrentes acusaron una vulneración a las garantías del artículo 19 N° 4 (vida privada y honra), N° 6 (libertad de conciencia y culto) y N° 2 (igualdad ante la ley). Pidieron que Nayadeth eliminara el contenido audiovisual publicado en redes sociales y dirigiera a sus seguidores al respeto hacia las prácticas religiosas mapuche.
No obstante, el fallo concluyó que las declaraciones de Naya Fácil no constituyeron un acto arbitrario o ilegal. “La acción de protección deducida carece de fundamento y debe ser rechazada”, agregó el fallo.