Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de apelación contra la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Felipe Porzio, Claudio Yáñez, Manuel Bulnes, Andrea Larraín, Sebastián Cereceda, José Rafael Correa, Andrés Bulnes y Jaime Oliveira, ejecutivos imputados por el Caso Factop, vieron sus suspensiones condicionales del procedimiento desestimadas.
En la sentencia, la Novena Sala consideró que no se cumplen con los requisitos para acceder a la salida alternativa debido a dos inversionistas mayores de 76 y 81 años. Habrían invertido un total de UF 13.921 (cerca de $546 millones).
El tribunal sostuvo que, al considerar la edad de las víctimas, resulta obligatorio su análisis para determinar la posible pena. La Fiscalía debió someter a debate y control del tribunal este agravante.
La gravedad de los hechos, que afectan la confianza en las instituciones financieras supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero, justifica una ponderación minuciosa. Corresponde al Ministerio Público presentar circunstancias objetivas que agraven la conducta de los inculpados.
Así, la Corte de Apelaciones resolvió desestimar la suspensión condicional del procedimiento respecto del hecho 9.2 de la minuta de formalización en el Caso Factop.