La Superintendencia de Pensiones (SP) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) implementaron una norma conjunta para regular la eliminación del comercio de ofertas externas de rentas vitalicias. Este cambio forma parte de la reforma previsional, entrando en vigor a partir del 1 de septiembre.
La medida busca aumentar la transparencia y competitividad dentro del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). En este sistema, las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) y las Compañías de Seguros de Vida (CSV) presentan información necesaria para que los interesados en tramitar su pensión de vejez o vejez anticipada consulten sobre las opciones disponibles basadas en sus cotizaciones obligatorias y ahorros voluntarios.
Esta actualización del SCOMP asegura que no exista posibilidad de ofertar rentas vitalicias por fuera del sistema, promoviendo competencia interna y mejorando las ofertas presentadas. Los cambios permiten a los tramitantes comparar fácilmente sus opciones con otras modalidades disponibles en el SCOMP, facilitando la toma de decisiones más informadas.
En la actualidad, el SCOMP ofrece varias modalidades de pensión: retiro programado (pago de las AFP), renta vitalicia inmediata (pagada por CSVs), renta temporal con renta vitalicia diferida (primero paga la AFP y luego una CSV) y renta vitalicia inmediata con retiro programado (CSVs y AFP pagan en paralelo).
Además, la nueva normativa actualiza los requisitos para optar a una renta vitalicia. Ahora, se puede acceder a esta modalidad si se logra financiar una pensión de al menos 2 Unidades Fiscales (UF), reduciendo el umbral desde los actuales 3 UF. Este cambio permitirá que muchas más personas tengan acceso a esta modalidad de pensión.