Finalmente, el proyecto de ley que reajusta el salario mínimo será analizado por una comisión mixta, luego de que la Cámara de Diputados no aprobara las modificaciones que el Senado realizó a la propuesta.
Si bien el grueso del articulado recibió el visto bueno durante la jornada de este lunes -entre ellos la norma que incrementa el salario mínimo desde $ 510.636 a $ 529 mil a contar del 1 de mayo de 2025, y luego a $ 539 mil a partir del 1 de enero de 2026-, aún debe zanjarse la discusión en torno al Observatorio de Ingresos y Costos de la Vida de los Trabajadores.
Cuando el Senado analizó la propuesta, rechazó los artículos que creaban dicha entidad, y consecuentemente, los reglamentos que se creaban a su alero. No fue lo único, ya que también se rechazaron las modificaciones al Fondo de Formación Sindical de Relaciones Laborales Colectivas que incorporaban una línea de trabajo destinada a organizaciones sindicales con el objetivo de que accedieran al desarrollo de actividades de formación sindical y promoción del diálogo social.
El Ejecutivo presentó indicaciones para revertir dichos resultados, pero la Sala del Senado las desestimó en su oportunidad, por lo cual el proyecto llegó de vuelta a la Cámara, pero con estas normas rechazadas. Como la Cámara de Diputados no respaldó esta votación, el proyecto tendrá que ser analizado por una comisión mixta para zanjar el futuro de estos temas.
Además de reajustar el salario mínimo, la propuesta también modifica la asignación familiar y maternal, el subsidio único familiar, y modifica otras leyes. Respecto al subsidio único familiar y la asignación maternal, la iniciativa contempla que estas aumentarán según el tramo a $ 22.007, $ 13.505 y $ 4.267.
Además, el proyecto contempla inyectar recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo (FEPP) para que el precio del kerosene no supere los $ 1.050. En relación a las Mipymes, la propuesta en discusión considera un subsidio a favor de las personas jurídicas sin fines de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de micro, pequeñas y medianas empresas, para el caso en que la variación en el monto del salario mínimo, a partir de enero de 2026, sea superior a la inflación efectiva del año 2025. El costo total de esta medida no excederá los $ 10.000 millones y sus recursos serán legislados en la Ley de Prepuestos para 2026.