A contar de este jueves 15 de mayo del 2025, todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán tener el grabado de patentes en vidrios y espejos. Esta medida, estipulada por la Ley 21.601, busca reducir el robo de piezas de automóviles.
El reglamento asociado a esta norma indica cuáles son las características que debe cumplir el grabado, dónde se debe realizar y cuáles espejos o vidrios deben tener la placa patente. Según la ley, el grabado de patentes debe estar presente en al menos 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los dos espejos laterales.
En casos especiales como furgones o buses, solo se exigirá el mínimo legalmente estipulado. Si el vehículo cuenta con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
Una de las principales características del grabado de patentes es que sea permanente, independientemente de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.). La letra debe ser legible y en formato normal, siempre en mayúscula. Las letras y dígitos de los vidrios deberán tener entre 7 y 10 milímetros de altura, mientras que en los espejos laterales la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
Los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., y vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país) quedan exentos de esta solicitud. En el caso de vehículos con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado solo en espejos laterales y parabrisas.