El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a Sky Airline luego de una denuncia pública por parte de una pasajera en silla de ruedas que se vio impedida de abordar un vuelo desde Santiago a México el 25 de abril.
Según la pasajera, funcionarios de la aerolínea cuestionaron su condición como “autovalente” y negaron el acceso al avión pese a que presentó toda la documentación requerida.
Andrés Herrera, Director del Sernac, enfatizó que todas las personas tienen derecho a ser tratadas con dignidad y respeto, especialmente quienes enfrentan discapacidades.
Sky Airline cuenta con un plazo de 10 días hábiles para responder al requerimiento. Paralelamente, el Sernac coordina acciones con el Senadis (Servicio Nacional de la Discapacidad) para recopilar información complementaria.
Si se confirma una infracción a los derechos del consumidor, el organismo advirtió que tomará las medidas necesarias para defender a la afectada. “Ninguna empresa puede negar injustificadamente un servicio ofrecido”, recordó el Sernac, citando el artículo 3 bis de la Ley del Consumidor.
El caso salió a la luz tras la publicación en redes sociales por parte de la pasajera que relató el proceso de abordaje. Durante este, una empleada de Sky Airline le preguntó si era “autovalente”.
La mujer explicó que necesitaba asistencia para trasladarse desde su silla a un asiento del avión, pero podía realizar otras acciones de forma autónoma. A pesar de esto, la funcionaria y una supervisora insistieron en que no podía viajar sin acompañante.
“Nunca me explicaron qué significaba ‘autovalente’ ni me mostraron cláusulas que respaldaran su decisión”, declaró la afectada. Ante la negativa, debió comprar un pasaje en otra aerolínea y viajó sin inconvenientes.
El Sernac subrayó que las empresas deben garantizar accesibilidad e informar claramente a usuarios con discapacidad. “Es fundamental que las compañías incluyan políticas de buen trato y faciliten el ejercicio de derechos sin exclusiones”, agregó Herrera.
La Ley del Consumidor sanciona expresamente la negativa injustificada de servicios y cualquier discriminación por discapacidad, recordó la entidad.